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Con la entrada en vigor el próximo 25 de mayo del nuevo Reglamento General de Protección de Datos, casi todas las empresas deberán de adaptarse a los nuevos requerimientos que esta norma exige. Ya no será necesaria la comunicación de ficheros a la Agencia de Protección de Datos, pero en cambio existen muchos otros requisitos que cumplir, entre ellos:
- La información constante a usuarios
- Registro de Actividades
- Análisis de Riesgos
- Evaluación de Impacto
- Demostración de cumplimiento proactivo
- Formación específica
Dependiendo de la configuración de la empresa, a veces también hará falta la figura del Delegado de Protección de Datos y de una medida de seguridad de implantaciones por expertos en ciberseguridad, aunque a veces y aún en el caso de no serlo, serán muy recomendables estas medidas para todas las empresas.
Una noticia de Expansión aclara algunas dudas más:
http://www.expansion.com/juridico/…
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